Servicios de Guía-Interpretación de Lengua de Signos

Servicios de Guía-Interpretación de
Lengua de Signos

El o la profesional guía-intérprete, conoce la lengua o sistema de comunicación, tanto de la persona con sordoceguera como de su interlocutor, transmite los mensajes expresados por uno al otro de manera textual y objetiva, haciendo que la comunicación sea posible.


Debe contextualizar los mensajes ofreciendo la información visual relevante para que sean adecuadamente expresados y comprendidos, y guiar a la persona con sordoceguera en los desplazamientos proporcionándole seguridad, cuando ésta se lo pida o sea necesario.

Todo guía-intérprete debe tener siempre presente el Código Ético profesional durante el desempeño de su trabajo y guardará el más absoluto secreto sobre todo lo ocurrido después de la realización del servicio.

Entre sus funciones cabe destacar:
  • Interpretación de mensajes producidos por la persona con sordoceguera al sistema de comunicación utilizado por su interlocutor y viceversa.
  • Actividades de guía o auxiliar de movilidad de la persona con sordoceguera en aquellas situaciones donde sean requeridas.
  • Todas aquellas acciones que vayan encaminadas a proporcionar información objetiva tanto del entorno físico como interpersonal para una adecuada comprensión de las situaciones y mensajes por parte de la persona con sordoceguera.
Servicios de Guías-Intérpretes 
El servicio de guías-intérpretes representa uno de los recursos fundamentales donde se sustenta en la práctica la posibilidad de la puesta en marcha de muchos otros servicios. Está destinado a las personas con sordoceguera y deficientes auditivos-visuales, que necesiten apoyo para resolver y superar las barreras de comunicación que origina su discapacidad en diferentes situaciones.

El guía-intérprete representa una ayuda concreta que permite a una persona con sordoceguera realizar una actividad por sí misma y de manera autónoma sin depender de la familia.

Cómo solicitar el servicio
La petición del servicio de guía-interpretación deberá ser formulada por la propia persona con sordoceguera contactando directamente con la Asociación. Podrá hacerlo de manera particular, por mediación de un familiar u otra persona, o mediante un/a guía intérprete. 

Al solicitar el servicio, se debe especificar los siguientes aspectos:
  • Tipología: sanitario, laboral, administrativo, etc.
  • Dirección exacta del servicio.
  • Hora del servicio y duración aproximada.
  • Punto de encuentro con el o la profesional guía intérprete.
Los servicios deberán ser solicitados con un mínimo de 72 horas de antelación, y la forma de pedirlos es a través de correo electrónico, mensajes de texto o de WhatsApp, mediante llamada telefónica, video llamada o personalmente según los protocolos sanitarios exigibles por la entidad.
Dónde solicitar el servicio
ASOCIDE Canarias
Correo electrónico: asocidecangilse@gmail.com
Teléfono: 667 60 25 65

Condiciones para el servicio
Para la calidad de los servicios es necesario, por parte de las personas beneficiarias, el cumplimiento de los protocolos de ASOCIDE Canarias con respecto a, entre otros, observancia de las recomendaciones sanitarias, cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, etc.

Justificación del servicio
Al finalizar el servicio el guía-intérprete cumplimentará el volante justificativo en todos sus términos, firmado por la persona usuaria del mismo y con el sello de la entidad ante la que se haya prestado el servicio.
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